Las Normas Morales
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Las Normas Morales
28 preguntas
Las normas morales y su relación con el Derecho
El ordenamiento jurídico de un Estado suele apoyarse en la ideología ético-moral dominante de una época, pero la zona de la Moral es distinta de la zona del Derecho. Ambos son tipos de normas orientadas a la conducta humana y se relacionan con valores éticos; sin embargo, los valores que orientan lo jurídico no son idénticos a los valores estrictamente morales.
Moral y Derecho: convergencias y diferencias
La presencia de Moral y Derecho en la sociedad no divide la conducta humana en dos sectores separados: todo comportamiento puede ser considerado por ambos, aunque desde puntos de vista distintos. La moral impulsa, por ejemplo, el esfuerzo por hallar la verdad, mientras el Derecho garantiza la libertad de pensamiento evitando intervención coercitiva. En materia sexual, la moral prescribe conductas, mientras el Derecho prohíbe determinados actos y considera jurídicamente permitidos otros, incluso si algunos son moralmente prohibidos.
La moral se entiende como la ciencia que trata del bien en general y de las acciones humanas según su bondad o malicia.
Concepto de normas morales
Las normas morales gobiernan la vida íntima del hombre como reglas y principios internos de la conducta. Indican cuáles acciones son buenas o malas para hacerlas o evitarlas. Regulan principalmente los actos internos y su sanción típica es el cargo o reproche de conciencia.
Características de las normas morales
- Unilateralidad: actúan en el mundo interior; basta la representación del mandato para cumplirlo o infringirlo responsablemente.
- Interioridad: abarcan intenciones y móviles de la acción; se sitúan en la conciencia del individuo.
- Autonomía: el deber moral exige convicción personal de obligatoriedad; sin persuasión interna no hay deber moral concreto.
- Incoercibilidad: requieren decisión espontánea y libre; la valía moral supone obrar voluntariamente y por propio albedrío.
Además, se señala que descansan en la opinión social colectiva, no son estáticas, reflejan condiciones materiales de la sociedad y permiten discernir la idea del bien.
Teorías sobre la relación entre Moral y Derecho
- Inserción: una disciplina se incluye en la otra como círculos concéntricos; se identifica integralmente su materia (con variantes sobre cuál es más amplia).
- Identificación parcial: solo en ciertos ámbitos existe conexión; hay zonas jurídicas indiferentes a la moral y obligaciones morales indiferentes al derecho.
- Autonomía plena: independencia de presupuestos y medios; se describe como círculos autónomos secantes. El Derecho regula sobre todo conductas externas (hacer u omitir) y la Moral busca formar un determinado espíritu.
Se sostiene actualmente que Moral y Derecho son de naturaleza distinta, pero íntima e integralmente vinculadas.
Obediencia y desobediencia al Derecho
La problemática de obedecer o desobedecer el Derecho muestra la interrelación entre Moral y Derecho. Los motivos morales aportan un fundamento fuerte para justificar obediencia o desobediencia, y el fundamento del deber jurídico implica consideraciones éticas o morales.
Fundamentos del deber de obediencia al Derecho
- Justicia: se obedece la norma justa y se desobedece la injusta.
- Seguridad: prioridad del orden, paz y seguridad como valores básicos.
- Fuerza: quien tiene poder debe ser obedecido.
- Reconocimiento: la norma obliga desde la aceptación o reconocimiento por los destinatarios (general o indirecto).
Posturas sobre la desobediencia
- Existen razones morales para desobedecer normas que atenten contra una moral mínima o elemental.
- Hay razones morales para desobedecer, pero no para obedecer; la obligatoriedad ética reside en la conciencia y el Derecho heterónomo y coactivo no crea obligaciones morales.
Sanciones morales
Las sanciones vinculadas a la moral son el remordimiento, el reproche de conciencia, la vergüenza de sí, el sentimiento de culpa y el arrepentimiento por la desobediencia.
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Las normas morales y su relación con el Derecho
El ordenamiento jurídico de un Estado suele apoyarse en la ideología ético-moral dominante de una época, pero la zona de la Moral es distinta de la zona del Derecho. Ambos son tipos de normas orientadas a la conducta humana y se relacionan con valores éticos; sin embargo, los valores que orientan lo jurídico no son idénticos a los valores estrictamente morales.
Moral y Derecho: convergencias y diferencias
La presencia de Moral y Derecho en la sociedad no divide la conducta humana en dos sectores separados: todo comportamiento puede ser considerado por ambos, aunque desde puntos de vista distintos. La moral impulsa, por ejemplo, el esfuerzo por hallar la verdad, mientras el Derecho garantiza la libertad de pensamiento evitando intervención coercitiva. En materia sexual, la moral prescribe conductas, mientras el Derecho prohíbe determinados actos y considera jurídicamente permitidos otros, incluso si algunos son moralmente prohibidos.
La moral se entiende como la ciencia que trata del bien en general y de las acciones humanas según su bondad o malicia.
Concepto de normas morales
Las normas morales gobiernan la vida íntima del hombre como reglas y principios internos de la conducta. Indican cuáles acciones son buenas o malas para hacerlas o evitarlas. Regulan principalmente los actos internos y su sanción típica es el cargo o reproche de conciencia.
Características de las normas morales
- Unilateralidad: actúan en el mundo interior; basta la representación del mandato para cumplirlo o infringirlo responsablemente.
- Interioridad: abarcan intenciones y móviles de la acción; se sitúan en la conciencia del individuo.
- Autonomía: el deber moral exige convicción personal de obligatoriedad; sin persuasión interna no hay deber moral concreto.
- Incoercibilidad: requieren decisión espontánea y libre; la valía moral supone obrar voluntariamente y por propio albedrío.
Además, se señala que descansan en la opinión social colectiva, no son estáticas, reflejan condiciones materiales de la sociedad y permiten discernir la idea del bien.
Teorías sobre la relación entre Moral y Derecho
- Inserción: una disciplina se incluye en la otra como círculos concéntricos; se identifica integralmente su materia (con variantes sobre cuál es más amplia).
- Identificación parcial: solo en ciertos ámbitos existe conexión; hay zonas jurídicas indiferentes a la moral y obligaciones morales indiferentes al derecho.
- Autonomía plena: independencia de presupuestos y medios; se describe como círculos autónomos secantes. El Derecho regula sobre todo conductas externas (hacer u omitir) y la Moral busca formar un determinado espíritu.
Se sostiene actualmente que Moral y Derecho son de naturaleza distinta, pero íntima e integralmente vinculadas.
Obediencia y desobediencia al Derecho
La problemática de obedecer o desobedecer el Derecho muestra la interrelación entre Moral y Derecho. Los motivos morales aportan un fundamento fuerte para justificar obediencia o desobediencia, y el fundamento del deber jurídico implica consideraciones éticas o morales.
Fundamentos del deber de obediencia al Derecho
- Justicia: se obedece la norma justa y se desobedece la injusta.
- Seguridad: prioridad del orden, paz y seguridad como valores básicos.
- Fuerza: quien tiene poder debe ser obedecido.
- Reconocimiento: la norma obliga desde la aceptación o reconocimiento por los destinatarios (general o indirecto).
Posturas sobre la desobediencia
- Existen razones morales para desobedecer normas que atenten contra una moral mínima o elemental.
- Hay razones morales para desobedecer, pero no para obedecer; la obligatoriedad ética reside en la conciencia y el Derecho heterónomo y coactivo no crea obligaciones morales.
Sanciones morales
Las sanciones vinculadas a la moral son el remordimiento, el reproche de conciencia, la vergüenza de sí, el sentimiento de culpa y el arrepentimiento por la desobediencia.
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