La Sociedad y Diversas Formas de Normatividad
39 tarjetas
La Sociedad y Diversas Formas de Normatividad
23 preguntas
La sociedad y diversas formas de normatividad
Desde los inicios de la vida en comunidad, el ser humano percibió la necesidad de regular su conducta individual y colectiva. Esa regulación surge principalmente de la actividad humana y se expresa en hábitos, usos y costumbre, que con el tiempo se diferencian en normas jurídicas, morales y del trato social.
Generalidades
- La vida social impulsa la creación de reglas para ordenar la convivencia.
- En etapas primitivas predomina la costumbre tradicional como fuerza reguladora.
- Con la evolución social, las formas normativas se diferencian aunque todas busquen regular la conducta humana.
El hábito
- Es una disposición adquirida y durable para realizar actos con mayor facilidad y destreza.
- Requiere aprendizaje con intervención consciente, pero luego se vuelve automático y extra-consciente.
- Clases: hábitos pasivos (sin intervención consciente) y hábitos biológicos, orgánicos o motores, y psicológicos.
- Características: es individual, adquirido y perfectible.
Los usos y los usos sociales
- Los usos son modos de obrar o proceder; pueden ser una forma inicial del derecho consuetudinario y convivir como supletorios con leyes escritas.
- No siempre tienen publicidad y uniformidad; por ello no todo hábito es uso ni todo uso llega a ser costumbre.
- Los usos sociales son prácticas generalmente admitidas en una comunidad; varían por época y país y regulan gran parte de la vida cotidiana.
- Carecen de medios coercitivos como las normas jurídicas, pero se observan por convivencia y conveniencia, esperando reciprocidad.
- Los usos suelen aportar materia prima para la formación de normas jurídicas y pueden resistir prohibiciones durante largo tiempo.
La costumbre
- Surge cuando un hábito social se prolonga y se considera obligatorio: lo acostumbrado se transforma en lo debido.
- En los orígenes fue la base de la práctica jurídica diaria; primero fue oral y luego se interpretó, declaró y escribió.
- Las normas consuetudinarias tienen origen extraestatal y requieren una acomodación generalizada y prolongada.
- En sociedades modernas, la costumbre actúa como fuente subsidiaria del Derecho cuando falta ley aplicable.
Elementos y características de la costumbre
- Elemento interno: convicción de obligatoriedad jurídica (opinio juris u opinio necesitatis).
- Elemento externo: repetición general, uniforme y constante del uso durante cierto tiempo.
- Características: generalidad, antigüedad, uniformidad y notoriedad.
Clases de costumbre jurídica
- Según ley: aplica constantemente la norma legal y la completa por disposición expresa.
- Fuera de ley: corrige deficiencias de la norma legal y prevé lo no previsto.
- Contra ley: puede derogar una ley perjudicial.
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La sociedad y diversas formas de normatividad
Desde los inicios de la vida en comunidad, el ser humano percibió la necesidad de regular su conducta individual y colectiva. Esa regulación surge principalmente de la actividad humana y se expresa en hábitos, usos y costumbre, que con el tiempo se diferencian en normas jurídicas, morales y del trato social.
Generalidades
- La vida social impulsa la creación de reglas para ordenar la convivencia.
- En etapas primitivas predomina la costumbre tradicional como fuerza reguladora.
- Con la evolución social, las formas normativas se diferencian aunque todas busquen regular la conducta humana.
El hábito
- Es una disposición adquirida y durable para realizar actos con mayor facilidad y destreza.
- Requiere aprendizaje con intervención consciente, pero luego se vuelve automático y extra-consciente.
- Clases: hábitos pasivos (sin intervención consciente) y hábitos biológicos, orgánicos o motores, y psicológicos.
- Características: es individual, adquirido y perfectible.
Los usos y los usos sociales
- Los usos son modos de obrar o proceder; pueden ser una forma inicial del derecho consuetudinario y convivir como supletorios con leyes escritas.
- No siempre tienen publicidad y uniformidad; por ello no todo hábito es uso ni todo uso llega a ser costumbre.
- Los usos sociales son prácticas generalmente admitidas en una comunidad; varían por época y país y regulan gran parte de la vida cotidiana.
- Carecen de medios coercitivos como las normas jurídicas, pero se observan por convivencia y conveniencia, esperando reciprocidad.
- Los usos suelen aportar materia prima para la formación de normas jurídicas y pueden resistir prohibiciones durante largo tiempo.
La costumbre
- Surge cuando un hábito social se prolonga y se considera obligatorio: lo acostumbrado se transforma en lo debido.
- En los orígenes fue la base de la práctica jurídica diaria; primero fue oral y luego se interpretó, declaró y escribió.
- Las normas consuetudinarias tienen origen extraestatal y requieren una acomodación generalizada y prolongada.
- En sociedades modernas, la costumbre actúa como fuente subsidiaria del Derecho cuando falta ley aplicable.
Elementos y características de la costumbre
- Elemento interno: convicción de obligatoriedad jurídica (opinio juris u opinio necesitatis).
- Elemento externo: repetición general, uniforme y constante del uso durante cierto tiempo.
- Características: generalidad, antigüedad, uniformidad y notoriedad.
Clases de costumbre jurídica
- Según ley: aplica constantemente la norma legal y la completa por disposición expresa.
- Fuera de ley: corrige deficiencias de la norma legal y prevé lo no previsto.
- Contra ley: puede derogar una ley perjudicial.
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